Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas de Castilla y León
(Zona Occidental)
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FUNCIÓN DEL COLEGIO
El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas es una Corporación de Derecho Público de ámbito territorial estatal, cuyos fines esenciales son el servicio a la sociedad, la ordenación del ejercicio de la profesión, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
Sus Estatutos, aprobados en Asamblea de 27 de abril de 1996 y por Real Decreto 140/2001 de 16 de febrero, están publicados en el BOE nº 54, de 3 de marzo de 2001, de las páginas.
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PRINCIPIOS Y ESTRUCTURA
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Ámbito territorial que alcanza todo el Estado español.
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Pluralismo participativo e igualitario.
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Democracia y solidaridad en la estructura y funcionamiento internos.
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Unidad colegial, presupuestaria y patrimonial.
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Obligatoriedad de colegiación.
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O B J E T I V O S
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Servicio a la sociedad.
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Defensa y desarrollo de la profesión. Objetivos profesionales.
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Representación exclusiva de la profesión.
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Defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
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Promoción de la función social del ingeniero técnico de Obras Públicas y el reconocimiento de su prestigio, dignidad y contenido esencial.
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Velar por la deontología profesional del colegiado en el respeto a los derechos de los ciudadanos.
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UTILIDAD AL COLEGIADO
Cumplir con el deber de colegiazación.
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Ostentar la titulación legalmente requerida para el ejercicio de la profesión.
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Solicitarlo al Colegio.
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No estar incapacitado legalmente.
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Requisitos para obtener la colegiación.
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Ostentar la titulación legalmente requerida para el ejercicio de la profesión.
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Solicitarlo al Colegio.
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No estar incapacitado legalmente.
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Derechos
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El ejercicio de la profesión.
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Ser asistido, asesorado y defendido por el Colegio en cuantas cuestiones de carácter profesional se susciten.
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Presentar documentos relacionados con su trabajo profesional para su registro y visado.
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Cobrar los honorarios de los trabajos visados a través del Colegio.
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Utilizar y beneficiarse de todos los servicios del Colegio.
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Ser elector de los órganos colegiados y elegible para ellos cuando se reúnan las condiciones fijadas en las Estatutos; y participar activamente en sus Asambleas.
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Recibir las publicaciones colegiales.
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Expresar su opinión sobre cualquier aspecto profesional y corporativo, en las distintas publicaciones.
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Servicios
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Convenios especiales con entidades financieras.
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Convenios propios con entidades aseguradoras.
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Cursos de Especialización Profesional organizados por el Consejo y por distintas Zonas del Colegio.
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Convenios preferentes con otros Colegios Profesionales para el intercambio de Servicios.
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Becas de formación, convenios con bibliotecas especializadas.
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Gestión, tramitación y cobro de los honorarios profesionales.
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Acceso gratuito a Internet. Correo electrónico.
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